
El diccionario de la Real Academia Española define monja como unas
religiosa de alguna de las órdenes aprobadas por la Iglesia, que se liga por votos solemnes, y que generalmente está sujeta a clausura. En poscas palabras se trata de una religiosa de una orden o congregación. Curiosamente su acepción en plural también se refiere a las partículas encendidas que quedan cuando se quema un papel, y se van apagando poco a poco.
Una definición un poco más específica de monja sería una mujer que ha sido consagrada dentro de una orden religiosa que sigue habitualmente una vida monástica, acogida a una serie de reglas, entre las cuales suelen estar la obediencia, la pobreza, el celibato y, en algunos casos, aislamiento total de la vida civil.
Otros terminos que se asocian con el de monja son madre, sor, hermana y novicia.